Las fotomultas terminaron siendo muy controvertidas a la hora de establecer culpables de infracciones de tránsito. Desde incluso antes de comenzar a aplicarse ha generado polémica entre conductores y autoridades. Conoce a continuación los cambios que han tenido las fotomultas en lo que va de 2020.
Luego de comenzar a aplicarse desde finales de 2019, la nueva década empezó con una clarificación que dio la Corte Constitucional al borrar un apartado que estaba establecido en la Ley 1843 de 2017.
El apartado que la Corte derogó estaba vinculado con las fotomultas y los vehículos que estaban involucrados en infracciones de tránsito.
Recordemos que el sistema de fotomultas se ha encontrado operativo durante los últimos años en Colombia. La Corte Constitucional ha tenido muchos problemas con él, ya que se conocían varios casos en que funcionarios de tránsito imponían sanciones arbitrarias a los infractores que eran fotografiados.
Otro punto en común que tenían muchas de las denuncias era que las Secretarías de Movilidad de distintos municipios colocaban cámaras en sitios no señalizados, lo cual es ilegal.
Originalmente, cuando un vehículo incurría en una infracción y era captado por la cámara, el comparendo llegaba al dueño del vehículo. Comúnmente se usaba la placa como referencia para la multa.
Tras la decisión de la Corte, las autoridades deben identificar claramente a la persona que cometió la infracción y no el vehículo. Ahora el dueño del vehículo no es considerado automáticamente responsable.
Gracias a la decisión de la Corte, las 472 fotocámaras que se encuentran en todo el territorio nacional se pudieran considerar casi inservibles. Estas no tienen la tecnología adecuada para captar las fotos en alta resolución para complacer los nuevos estatutos.
Básicamente, tienen dos montañas grandes que escalar. Adoptar una nueva tecnología que le permita el reconocimiento facial de los infractores. Y debe ser lo suficientemente adsequible para que todos los gobiernos municipales puedan cambiar el parque de cámaras.
También existe presión de parte de los afectados para que se obtenga una rápida solución al problema. Principalmente, ellos sería los primeros beneficiados en el momento que las fotomultas se conviertan en un caso del pasado.
Aunque la sentencia de la Corte es retroactiva, hace falta esperar la confirmación del Congreso de la República sobre este asunto.
En tal caso que se derogue el uso de cámaras para establecer sanciones, los usuarios pueden apelar sus respectivos comparendos. Amparados en el caso de que no son visiblemente identificables en la foto, pudieran ganar estas apelaciones.
Con esto se pudiera establecer un programa en la cual las Secretarías de Movilidad tengan que reembolsar dinero a los usuarios. Lo deberían hacer en el caso de que, en efecto, se confirme que las fotomultas ya no tienen validez.
Pero para que esto se compruebe o no, es necesario esperar hasta mediados de año, cuando las partes involucradas lleguen a un acuerdo. Ahí sabremos si el concepto de fotomultas en Colombia seguirá siendo aplicado o se convertirá en parte del pasado de las normas de tránsito.
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